Derechos laborales relacionados con embarazo y cuidado de hijos

Derechos laborales relacionados con embarazo y cuidado de hijos

Escrito por: Sandra    13 febrero 2012     2 minutos

La trabajadora tiene derecho a un permiso retribuido para acudir a exámenes prenatales

Muchas son las mujeres trabajadoras que llegado el momento de quedarse embarazada les surgen dudas sobre los derechos y las percepciones que recibirá durante el periodo de embarazo y tras el parto. Cada convenio colectivo puede modificar aspectos sobre el contrato pero siempre se debe respetar el Estatuto de los Trabajadores y nunca podrán ser menos beneficiosos que éste.

La trabajadora, durante el embarazo podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que coincidan dentro del horario de la jornada de trabajo. La ausencia será por el tiempo indispensable y será necesario presentar justificante.

Por el nacimiento de un hijo se tienen derecho a dos días. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que por cuestiones de salud necesiten quedarse hospitalizados después del parto, se tiene derecho a ausentarse del trabajo durante una hora diaria. Este derecho es aplicable tanto a la madre como al padre.

Para la lactancia de niños menores de nueve meses también se tiene derecho a ausentarse durante una hora del trabajo. Este periodo podrá fraccionarse en dos. La duración de este permiso se incrementa proporcionalmente en el caso de partos múltiples. La mujer, voluntariamente, podrá reducir su jornada en media hora con esta finalidad o también podrá acumular el permiso en jornadas completas si así lo acuerda con el empresario. Si la madre y el padre trabajan, podrá solicitarlo indistintamente uno u otro.

Hasta el momento he estado listando los permisos retribuidos pero a esto hay que sumar otros derechos a cargo de la seguridad social como es la baja de maternidad de 16 semanas, ampliable dos semanas por hijo en el caso de partos múltiples. También en el caso de cuidado de hijos hasta ocho años, se tiene el derecho de solicitar una reducción de jornada con la consiguiente reducción proporcional del salario.

Si por el contrario estás pensando en dedicarte plenamente al cuidado del pequeño, debes saber que tienes derecho a solicitar una excedencia por cuidado de familiares. La duración de la excedencia por cuidado de menores puede llegar hasta los tres años. El periodo que estés de excedencia computará a efectos de antigüedad de la empresa. Durante el primer año se tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo. Transcurrido ese plazo, la reserva será de un puesto de la misma categoría o del mismo grupo profesional dentro de la empresa.

Vía | Estatuto de los Trabajadores Art.37
Foto | Flickr-Daquella Manera