Trámites para la adopción internacional

Trámites para la adopción internacional

Escrito por: Sacra    2 abril 2009     2 minutos

El procedimiento de adopción internacional es complejo ya que depende del país en el que estemos dispuestos a adoptar. Para iniciar el expediente debemos acudir al organismo relacionado con la protección de menores de nuestra comunidad autónoma, allí debemos, obligatoriamente, asistir a una reunión informativa.

La documentación requerida dependerá del país de origen del menor, aunque básicamente son los siguientes: fotocopia del certificado de la inscripción de los solicitantes, fotocopia del certificado de matrimonio (en el caso que sea así), fotocopia de empadronamiento, copia de la declaración de la renta, declaración jurada de la existencia (o no) de hijos biológicos, fotocopia del DNI y certificado de antecedentes penales.

Una vez abierto el expediente, en muchas comunidades, se ha de asistir a un curso de formación. Después se elige el país donde queremos adoptar, presentar la solicitud de adopción y la de idoneidad. Una vez presentada la documentación requerida seremos entrevistados por un psicólogo y un trabajador social, a fin de valorar nuestra situación psico-social. Conseguido el certificado de idoneidad nos inscribimos en el Registro de Familias para la Adopción. Hasta aquí, más o menos, es como una adopción nacional.

La tramitación del expediente puede hacerse a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Exteriores o por medio de una ECAI (Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional). Estas agencias ser ofrecen como intermediarios en la parte burocrática, hay países que sólo aceptan negociar con estas entidades, otros sólo con la entidad pública y otros, con ambas. Una vez legalizada la documentación hay que viajar al país de origen del menor, allí se terminan de ultimar todos los detalles legales y pasar el periodo de adaptación del niño.

Vía | Ser Padres