Con más de 50 años de diferencia entre bebé y padre, no se podrá adoptar

Con más de 50 años de diferencia entre bebé y padre, no se podrá adoptar

Escrito por: Sergio López    25 septiembre 2012     2 minutos

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está preparando lo que será el Plan para la Infancia y la Adolescencia de 2012 a 2015. En dicho plan, no se podrá adoptar un niño si hay una diferencia mayor de 50 años entre el adoptado y el adoptante.

Por lo tanto, tienen preferencia, a la hora de la adopción, las personas con edad más joven. En un caso en el que uno de los cónyuges supere los 50 años y el otro no, este último podrá pedir la adopción. Y para solicitar, por ejemplo, la adopción de un niño de tres años, la edad máxima será de 53.

Según el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se pretende dar al pequeño un entorno adecuado a sus necesidades para que crezca en relación a ellas. Se pretende con ello, unificar los criterios de las diferentes administraciones para la adopción. Aunque el Código Civil recoge que las edades para la adopción están comprendidas entre los 25 y los 40 años y que el mínimo de diferencia de edad con el adoptado debe ser de 14 años, muchas comunidades autónomas se rigen por otros criterios designados.

La mejora del acogimiento familiar es otro de los objetivos de la medida. España está situada a la cabeza en cuanto a número de niños tutelados por la Administración y en número de expedientes en adopción internacional, según datos del 2010 (este último dato es discutible a posteriori). Los pasos que quiere implantar este modelo pasan desde el acogimiento temporal hasta el acogimiento permanente, en caso de que la familia biológica no pueda hacerse cargo y si lo quiera hacer la familia de acogida, para acabar, finalmente, concediendo la adopción.

Se espera agilizar los procesos de cara a las acogidas, sobre todo, pensando en el bien del menor. En el caso de los pequeños con menos de tres años, dependiendo de las circunstancias familiares y del entorno, se podrá conceder una familia de acogida de urgencia para conseguir esta agilización y evitar riesgos, debido a ese entorno, en la integridad del pequeño.

Vía | larazon.es