Cambios en la custodia compartida

Cambios en la custodia compartida

Escrito por: Leticia   @leticiadelpino    21 julio 2013     2 minutos

El juez tendrá la posibilidad de acordar la custodia compartida a pesar de que los padres no la pidan, esta nueva reforma busca otorgar el régimen cuando sea requerido por el interés superior del menor. Desde el Supremo se defiende la custodia compartida considerándola la mejor solución.

Recientemente el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que recoge y sistematiza las últimas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional permitiendo que el juez pueda establecer la convivencia de los hijos con ambos padres cuando se hayan separado atendiendo el interés superior del menor.

De esta forma el juez podrá conceder o negar la guarda y la custodia compartida desvinculando la decisión del criterio de los padres. En este sentido el juez deberá prestar atención a una serie de aspectos, entre ellos la edad de los pequeños, la opinión y el arraigo de los menores, la relación que exista entre los padres y con respecto a los hijos. También se evaluará la posibilidad de conciliación de la vida laboral y familiar, el número de niños y la derechos de unos y otros.

Además se incluirán otras novedades como la obligatoriedad de acompañar la demanda de divorcio de un plan de ejercicio de la patria potestad, plan que formará parte del convenio regulador y en el que se escucharán las propuesta de cada uno de los padres en relación con los hijos menores. Los padres podrán recurrir a la mediación familiar en cualquier momento, para así poder salvar las diferencias. “Queremos introducir este instrumento para intentar que la actuación del juez solo sea un recurso extraordinario, como un instrumento para reducir la litigiosidad. Todos los convenios por acuerdo tienen un grado de cumplimiento superior a que decide el juez”.

Vía | El Pais
Foto | Flickr – Jose Luis Cernadas